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19 de noviembre de 2025

Confirmaron la condena a un enfermero de Mar del Plata que abusó de una paciente que había sufrido un ACV

En mayo, Rubén Omar Rivas había sido condenado a 11 años de prisión e inhabilitado de manera perpetua

>La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a 11 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para Rubén Omar Rivas, enfermero del Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (Inareps), por someter a pacientes en situación de extrema vulnerabilidad a abusos sexuales gravemente ultrajantes y vejámenes sistemáticos.

Según la información difundida por la agencia Noticias Argentinas, el enfermero aprovechó los movimientos involuntarios de la víctima para perpetrar actos de índole sexual, lo que fue calificado como “humillación y cosificación” y señalado por el tribunal como un acto con un “plus de perversión”.

La sentencia también confirmó la condena por las vejaciones cometidas en 2017 contra otros dos pacientes, identificados como G. D. y J. B., quienes se encontraban en una situación de dependencia absoluta.

Los jueces rechazaron los argumentos de la defensa, que alegaban imprecisiones en las fechas de los hechos y falta de congruencia en la acusación.

De este modo, la condena a once años de prisión y la inhabilitación especial perpetua para ejercer como enfermero quedó confirmada y sin posibilidad de revisión.

En agosto, El Tribunal, integrado por Cristian Piana, Juan Pablo Encina y Florencia Martini, dispuso además que los datos del condenado sean incorporados al Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

La investigación se apoyó en testimonios directos, pericias médicas y registros fílmicos, siendo las grabaciones de las cámaras de seguridad determinantes para identificar al agresor y confirmar las circunstancias del hecho.

El Tribunal rechazó considerar como agravante el daño psicológico alegado por la fiscalía, ya que no pudo ser comprobado, según la psicóloga interviniente. También determinó que el estado de indefensión de la víctima ya estaba contemplado en la calificación del delito.

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