1 de julio de 2025
La Corte Suprema sobreseyó por prescripción al cura Ilarraz, condenado a 25 años de prisión por abuso de menores
En el fallo, los magistrados determinaron que los delitos en cuestión excedían a los 12 años de cometidos
Las primeras denuncias documentadas dentro de la Iglesia contra Ilarraz datan de 1994, cuando algunas de las vÃctimas, aún menores, alertaron a autoridades eclesiásticas. De acuerdo a los antecedentes judiciales, la entonces jerarquÃa eclesiástica decidió trasladar a Ilarraz primero a otra parroquia en Entre RÃos y posteriormente a Roma bajo pretexto de ampliar sus estudios.
La condena a 25 años de prisión dictada contra Ilarraz se apoyó en los testimonios de siete jóvenes abusados y en pruebas recogidas a lo largo de varios años de proceso penal. Pero desde el inicio, la defensa enfocó su argumentación en la prescripción de la acción penal.
Según los abogados del acusado, los delitos prescribÃan a los 12 años de cometidos, por lo que ya no habÃa lugar para la persecución penal, dado que las denuncias formales recién se presentaron en la justicia ordinaria casi dos décadas después de los hechos. Esta lÃnea argumental persistió durante todo el proceso y cobró fuerza al llegar la causa al máximo tribunal.A pesar de esta jurisprudencia y del reclamo de decenas de denunciantes, la CSJN resolvió hacer lugar al recurso extraordinario federal presentado por la defensa. En el fallo, señalaron que “la cuestión excede el interés individual de las partes y se proyecta a numerosas causas en las que también se encuentra en discusión la vigencia de la acción penal en relación con la presunta comisión de abusos sexuales contra menores de edad en el perÃodo previo a la entrada en vigencia de las leyes 26.705 y 27.206â€.
La Corte objetó que los tribunales entrerrianos asimilaran estos delitos a crÃmenes de lesa humanidad o graves violaciones de derechos humanos. Según el tribunal, “los hechos que encuadran dentro de la categorÃa de los delitos de lesa humanidad son de una naturaleza radicalmente distinta de la que revisten los aquà denunciadosâ€.
