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11 de junio de 2025

Otras cuatro obras sociales fueron declaradas en situación de crisis

Luego de que se advirtieran las condiciones en las que se encontraban las prestadoras de salud, la Superintendencia de Servicios de Salud solicitó que presentaran un plan de contingencia

>La Por medio de la publicación de las resoluciones 945/2025, 946/2025, 947/2025 y 948/2024 en el Boletín Oficial, el titular de la SSS, Gabriel Oriolo, confirmó la medida tras conocerse varias irregularidades al respecto. Asimismo, ordenó que las prestadoras afectadas deberán presentar “un Plan de Contingencia, en un plazo no mayor a quince (15) días contados a partir de la notificación presente”.

De la misma manera, se instruyó a las gerencias del Comité de Evaluación y Seguimiento del Procedimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud, para que sea el organismo a cargo de seguir los trámites que deberán realizar las obras sociales mencionadas.

En el considerando, las autoridades apuntaron que las faltas estuvieron relacionadas con las prestaciones, el servicio de atención a los beneficiarios, a nivel jurídico, institucional, y contable. También señalaron de forma negativa a los indicadores económico-financieros, el indicador de capacidad de repago y el monitoreo de subsidios financieros recibidos.

Después de que se analizara en profundidad la situación de las asociaciones de salud, se determinó que las mismas cumplían con las deficiencias planteadas en el sistema de diagnóstico de situación de crisis establecido en el Anexo II, que fue publicado en el Decreto 1400/2001 de Seguridad Social.

Al constatarse la baja capacidad de los organismos de hacer frente a sus obligaciones, las autoridades activaron el procedimiento de crisis, cuyo primer paso consiste en la presentación de un Plan de Contingencia por parte de las obras sociales.

Según determinó la norma, una vez que el programa fuera presentado ante la Superintendencia, el organismo contará con un plazo no superior a 30 días para aprobar y/o rechazar la propuesta. Incluida, la notificación hacia las asociaciones de salud.

No obstante, la normativa contemplaría el otorgamiento de una prórroga, para aquellos agentes de salud que cuenten con más de 10.000 beneficiarios. Aunque esto implicaría un monitoreo trimestral hasta que volviera a vencerse el segundo plazo dado.

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