Miércoles 1 de Abril de 2026

Hoy es Miércoles 1 de Abril de 2026 y son las 18:14 - diarioelportavoz.com.ar

11 de febrero de 2020

Secuestro de dos motocicletas en Villa Ramallo

Operativo de interceptación vehicular

La policía Comunal de Villa Ramallo procedió al secuestro de dos motocicletas marca Yamaha modelo XTZ en la intersección de las calles Di Bacco y San Martin por infracción a la ley 24449 articulo 40, según el parte de prensa policial se realizo un operativo de interceptación vehicular.

 

ARTICULO 40. — REQUISITOS PARA CIRCULAR. Para poder circular con automotor es indispensable: a) Que su conductor esté habilitado para conducir ese tipo de vehículo y que lleve consigo la licencia correspondiente; b) Que porte la cédula, de identificación del mismo; (Expresión "vencida o no, o documento" vetada por art. 8° del Decreto N° 179/1995 B.O. 10/02/1995) Ley de Tránsito 24.449 c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68; d) Que el vehículo, incluyendo acoplados y semirremolques tenga colocadas las placas de identificación de dominio, con las características y en los lugares que establece la reglamentación. Las mismas deben ser legibles de tipos normalizados y sin aditamentos; e) Que, tratándose de un vehículo del servicio de transporte o maquinaria especial, cumpla las condiciones requeridas para cada tipo de vehículo y su conductor porte la documentación especial prevista sólo en la presente ley; f) Que posea matafuego y balizas portátiles normalizados, excepto las motocicletas; g) Que el número de ocupantes guarde relación con la capacidad para la que fue construido y no estorben al conductor. Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero; h) Que el vehículo y lo que transporta tenga las dimensiones, peso y potencia adecuados a la vía transitada y a las restricciones establecidas por la autoridad competente, para determinados sectores del camino; i) Que posea los sistemas de seguridad originales en buen estado de funcionamiento, so riesgo de aplicación del artículo 72 inciso c) punto 1; j) Que tratándose de una motocicleta, sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y si la misma no tiene parabrisas, su conductor use anteojos; k) Que sus ocupantes usen los correajes de seguridad en los vehículos que por reglamentación deben poseerlos.

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

"El Gobierno está obligado por la Justicia y no cumple", advirtió el director del CBC de la UBA sobre el financiamiento universitario

La Justicia ordenó aplicar la ley de financiamiento universitario, pero el Gobierno no transfirió los fondos. El director del CBC de la UBA advirtió en Infobae al Regreso sobre la caída salarial y el impacto en la educación pública

El Gobierno no puede salir del escándalo Adorni y ya lleva casi un mes de desgaste

Desde que el 9 de marzo apareció la imagen de su esposa en la comitiva oficial, el Poder Ejecutivo no puede cambiar la agenda. Conferencia suspendida. La famosa "página 50" del fallo por YPF que traerá problemas en el largo plazo. Alertas por cambio de cheques con tasas arriba del 10% mensual

Caso $LIBRA: aparecieron tres documentos en el celular de Novelli vinculados a la estafa de CoinX

En diciembre de 2021, a poco de asumir como diputado nacional, Milei promocionó invertir en una plataforma que terminó siendo denunciada como una posible estafa piramidal. Una de las empresas investigadas, Digital Pelicanoy SA, aparece en los documentos encontrados en el teléfono del trader

Comentarios

Escribir un comentario
Tu comentario se publica directamente al enviarlo.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.